DECISIÓN
Por las consideraciones antes expuestas este tribunal Sexto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sobre la base de los artículo 250 y 251 numerales 2 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano PAÚL ANTONIO SALAZAR SALAMANCA, venezolano, de 42 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 6.139.197, natural de Cumaná, nacido el día 24-02-62, hijo de Cándida Rosa Salamanca y Domingo Antonio Salazar, residenciado en Macarapana de San Juan, La Compuerta, Sector Los Ranchos, casa S/N (al lado de la bodega de la señora Rosa Acosta); por el delito de Actos Lascivos Violentos Agravados, previsto y sancionado en los artículos 377 último aparte, en relación al artículo 375 ordinal 1° del Código Penal, en concordancia con los artículos 217 y 218 de la Ley .....