este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, condena a las acusadas MARÍA LEONOR RANGEL GARCÍA, de 58 años de edad, natural de Mérida, nacida en fecha 30-05-50, cédula de identidad N° 4.702.168, hija de Miguel Rangel (f) y Eduardo García (f), soltera, de ocupación ama de casa, residenciada en Brasil, sector 2, vereda 39, casa N° 14, Cumaná, Estado Sucre; y MAIRA ALEJANDRA RONDÓN RANGEL, de 32 años de edad, natural de Cumaná, nacida en fecha 06-01-77, cédula de identidad N° 14.126.995, hija de María Rangel y Juan Rondón, soltera, de ocupación ama de casa, residenciada en Brasil Sur, calle 5, casa N° 82, Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS de PRISION, mas las accesorias de ley por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico I.....