Este Juzgado Cuarto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con las previsiones establecidas en los artículos 2, 23, 26, 44 numeral 1°, 49 numerales 2° y 3° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; articulo 7 numeral 5° y 6° de la Convención americana sobre los derechos Humanos del pacto de San José y artículos 1, 8, 9, 243 del Código Orgánico Procesal Penal decreta LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del imputado ALEXANDER MUÑOZ MUÑOZ, Venezolano, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.921.443, nacido en fecha 24/04/88, soltero, de oficio indefinido, residenciado en urbanización Bebedero, avenida 03, vereda 72, casa N° 02 Cumaná, Municipio Sucre, Estado Sucre, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal;