Este Tribunal, con vista a la petición Fiscal y con fundamento en lo dispuesto en el articulo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, observando que están cubiertos los presupuestos de exigencia de dicha norma para que proceda la solicitad formulada, es por lo que la acuerda con lugar, y en consecuencia, ordena MANDATO DE CONDUCCION para la ciudadana CAROLINA DEL VALLE VELASQUEZ SALAMANCA, ADOLESCENTE, para que, con el debido respeto de sus derechos constitucionales y tomando muy especialmente su condición de Adolescente, sea conducida en forma inmediata a su ubicación, ante la Fiscal Auxiliar V del Ministerio Público, por funcionarios policiales pertenecientes a la Policía del Estado Sucre, el día 05 de Agosto 2004, a las 09:00 a.m. hasta la sede de la Fiscalía V del citado Ministerio Público, ubicada en la Avenida Universidad, Edificio "Joba´s Suites", piso 2, local 204, frente a la U.D.O., en esta ciudad de Cumaná, a fin de que sea entrevistada por dicha representación Fiscal, en .....