Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN, planteada por el abogado JOSANDERS JOSE MEJIAS SOSA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.073.227, actuando con el carácter de Juez Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, de conocer la causa RJ01-P-2013-000073, seguida al ciudadano JORGE RAFAEL MARCANO CEDEÑO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana: LEYZER VILLALBA, conforme al numeral 8 del Artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal, y ordena la remisión de las presentes actuac.....