Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN, planteada por la abogada FABIOLA AMANDA BAUZA ZABALA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.383.874; actuando con el carácter de Jueza Tercera de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná; para Abstenerse de Conocer la causa Nº RP01-P-2016-000918, seguida a la ciudadana RAIZA MARIZET BOMPART ROJAS, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 con los agravantes del artículo 77, numerales 7, 9, 11 del Código Penal en perjuicio del ciudadano ANDRES CANNISTRA, conforme al numeral 4 del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal, y ordena la remisión de las present.....