DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, en contra del ciudadano LUIS GREGORIO RANGEL JIMENEZ, venezolano, natural de Caracas, Titular de la Cedula de Identidad V- 17.760.940, nacido en fecha 05-01-1987, de 26 años de edad, soltero, mecánico, hijo de Judith Jiménez y Rudy Rangel, Residenciado en San Antonio de Irapa, calle principal, casa s/n, a cuatro casas de la bodega del "Señor Luís Bolaño", Irapa, municipio Mariño, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, consistente en presentaciones periódicas cada Treinta (30) días por el lapso de ocho (08) meses por ante la Ante la Comandancia del Municipio Valdez, de conformidad con el articulo 242 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal.