El día Ocho (08) de Agosto de dos mil dieciséis (2.016), los ciudadanos JUAN ALBERTO MERCHAN FERNANDEZ, CLEMENTE LOPEZ y JORGE LUIS LAREZ, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nros V-4.082.887, V-8.442.515, V-8.654.913, respectivamente, abogados en libre ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 26.279, 124.602 y 252.704, respectivamente, en sus carácter de apoderados judiciales del ciudadano MIGUEL CASTAÑEDA BRUZUAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.658.850, y de este domicilio, según consta en poder debidamente autenticado por ante la oficina notarial de la ciudad de Cumaná, en fecha veinticinco (25) de julio del dos mil dieciséis (2016), quedando anotado bajo el Nº 4, Tomo 193, Folio 17 al 19 de los Libros llevados por esa notaria, presentaron ante el Juzgado (Distribuidor), demanda por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, en contra del ciudadano ALCIDES HILDEBRAN MAITA NU.....