Este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al ciudadano WILLIAM JOSÉ RODRÍGUEZ BASTIDAS, de 35 años de edad, venezolano, titular de la cedula de identidad N° v-14.009.896, de estado civil soltero, de ocupación no definida, nacido en fecha 14/08/1975, residenciado en el Barrio Brasil Sur, Sector Nueva Generación, Casa S/N; color azul claro, frente a la Urbanización Antonio José de Sucre, Cumaná, Estado Sucre, condenado por el Tribunal Sexto de Control, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra El Tr.....