Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Ejecución de Primera Instancia, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 15 de Agosto de 2012, por el Tribunal Segundo de Juicio, mediante la cual se condenó a ARON JOSE SALAZAR VALLENILLA, quien dijo ser venezolano, natural de San Félix, Estado Bolívar, de 20 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad 19.301.286, nacido en fecha 22-06-91, de oficio: Técnico en refrigeración , hijo de Nuncia Vallenilla y Ángel Felipe Solorzano, domiciliado en: la Calle Principal, del Sector Quebrada de Agua, Casa S/N, cerca de la cancha de fútbol, Municipio Valdez, del Estado Sucre, a cumplir la Pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESE.....