DECRETA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano ANTONIO JOSÉ AMUMDARAIN RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad V-15.555.974, edad; 32, nacido en fecha 14-06-1991, de profesión u oficio Funcionario Policial, hijo de Ambrosio Amundarain y Ernestina Rodríguez, residenciado, en la Calle San Miguel, Casa Nº 18, El Pilar Municipio Benítez Estado Sucre,, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de CONCUSIÓN, previsto y sancionado en el articulo 60 de la Ley Contra la Corrupción, cometido en perjuicio del ciudadano DAVID JOSÉ GRANADO, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236, numerales 1, 2 y 3; Articulo 237, numeral 2 y 3 y artículo 238, numeral 1 y 2, del Código Orgánico Procesal Penal.