DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos WLADIMIR ANTONIO ROJAS SALAZAR, venezolano, natural de caracas, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.550.894, nacido en fecha 29-05-1.972, de 38 años de edad, de profesión u oficio: Chofer, hijo de Eugenia Salazar y Agustín Rojas y domiciliado en: Villa Rosa, Sector Cruz de Paster, Callejón Rodríguez, casa N° 20, Porlamar Estado Nueva Esparta, por la presunta comisión del delito VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Sobre el derecho de la Mujer a una vida libre de violencia, en perjuicio de YURBI MARIA PERALTA HERNANDEZ y a la ciudadana YURBI MARIA PERALTA HERNANDEZ, venezolana, natural de Ocumare del Tuy, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.407.892, nacido en fecha 15-04-1.986, de 24 años de edad, de profesión u oficio: Estudiante, hija de Pilar Hernández y Antonio Peralta y domiciliado en: La Pionias, calle Bermúdez, casa S/N, Invasió.....