este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL para los imputados JESUS EDUARDO CASTAÑEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.498.773, residenciado en la Calle La Villa, casa Nº 15, San Antonio del Golfo, Cumaná, Estado Sucre; y FELIX WILLIAM PEREZ MALAVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.482.818, residenciado en el Sector Las Casitas, casa Nº 26, Cachamaure, Estado Sucre; por estar presuntamente incursa en la comisión de los delitos precalificados por la Fiscalía como LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 ordinal 2º en relación con el artículo 415 ambos del Código Penal; y LESIONES CULPOSAS LEVES, previsto y sancionado en el artículo 420 ordinal 1º en relación con el artículo 416 ambos del Código Penal, en perjuicio de l.....