Por todo lo expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contra el ciudadano JOSÉ VICENTE RAMOS RIVERA, venezolano, de 30 años de edad, soltero, titular de la C.I. N° 16.256.375, hijo de Iris De Ramos y Vicente Ramos, nacido el 20-03-76, de oficio obrero, residenciado en Colinas del Valle, Detrás del Mercadito de Buhoneros, Casa S/N, de esta ciudad.- Todo en conformidad con el artículo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la detención como Flagrante de conformidad con los artículos: 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 248 Ejusdem, en virtud de que faltan actuaciones que practicar y se ordena la aplicación por el procedimiento Ordinario.- Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía en su oportunidad legal, se ac.....