Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del código penal, en relación con el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la Extinción de la pena impuesta, a favor del ciudadano SIMON DEL VALLE REINOZA TOUSSENT, venezolano, soltero, Indocumentado, de profesión u oficio: pescador, hijo de Pedro Toussent y Luisa Reinoza, nacido en fecha 24-07-1980, de 35 años de edad, residenciado en Guiria de la Costa, calle Paria, casa S/N, al lado de la Ferretería "Comercial El Pescador" Municipio Valdez del Estado Sucre, quien fue Condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS de prisión, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 452 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de la IGLESIA LA INMACULADA, por Cumplimiento .....