SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO; a favor del ciudadano CARLOS JAVIER GARCIA, Venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez, de 21 años de edad, nacido en fecha: 16/08/1993 , profesión u oficio albañil, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de Identidad V-20.564.837, hijo de Melania García, y residenciado en Avenida San Antonio Cruce con la avenida Miranda, casa S/N, Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre y MARIO JOSE SUCRE YANCE, Venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez, de 20 años de edad, nacido en fecha: 08/01/1996 , profesión u oficio pescador, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de Identidad V-24.716.634, hijo de Yumilbia Yance y Mario Sucre, y residenciado en la Calle Mariño, casa N 19, Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, en virtud de que de los elementos que conforman la presente causa no existen suficientes elementos de convicción que comprometan su responsabilidad en el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionad.....