Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano ALFREDO JOSÉ FLORES VILLEGAS, quien es venezolano, natural de San Félix, Estado Bolívar, mayor de edad, de 26 años de edad, nacido el día: 04-09-1984, de oficio: Obrero, Titular de la cédula de identidad numero: V- 17.998.890, Soltero, hijo de Alfredo Flores y Betty Villegas y residenciado en: Sector la Playa, Casa S/N, es un rancho, como a tres casas de la capilla, Yaguaraparo, Municipio Cagigal del Estado Sucre; por encontrarse incurso en la comisión del delito VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Código Penal, perjuicio de la ciudadana ANGÉLICA DEL VALLE GARCÍA; imponiénd.....