Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida contra la sentencia de fecha 12 de septiembre de 2006, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de este Circuito y Circunscripción Judicial, mediante la cual se declaró inadmisible la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano GUILLERMO POMENTA, titular de la cédula de identidad número: 3.178.679, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 9.914, actuando en su propio nombre y representación, frente a la presunta violación de su derecho constitucional a la propiedad establecido en la Carta Fundamental en su artículo 115, presuntamente provocado por los ciudadanos: CARLOS GORDONES, GERMAN FIGUERA, MARITZA SOMOVIL, ALEXANDER SANCHEZ, MARIO SANCHEZ, SIMON TORTOLE.....