En consecuencia, la parte dispositiva derivada del desarrollo de la Audiencia Preliminar en el presente asunto es del tenor siguiente: "Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado Luís Manuel Tormes Ortíz, venezolano, de veinte (20) años de edad, de ocupación albañil, nacido en fecha 18-05-1989, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.062.361, y residenciado en la Población de Taguapire, Casa S/N, a siete casas de la entrada, vivienda de color amarillo, cerca del Bar Libertad, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre; a cumplir la pena de seis (06) meses de prisión, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito de .....