Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el Sobreseimiento Definitivo, en la causa seguida al adolescente , venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.345.760, nacido en fecha 21-07-88, soltero, quien contaba con 16 años de edad, para la fecha de los hechos objeto de la presente investigación, residenciado en Campeche, sector 3, calle 02, casa N° 07, Cumaná, Estado Sucre; a quien se le inició investigación por los delitos de Resistencia a la Autoridad y Robo Agravado, previstos en los artículos 219 y 460, ambos del Código Penal vigente para la fecha de la comisión de los delitos, respectivamente, en perjuicio del Estado Venezolano y los ciudadanos Arcides José Salazar López, Mary Juliver Figueroa Martins, José Agustín Martins Herrera y David José Oyoque Rojas, respectivamente. La presente decisión se fundamenta en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordan.....