Dadas las consideraciones que preceden, este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos JOSE MIGUEL CORDOVA ACUÑA, venezolano, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad n° V- 19.083.512, nacido en fecha 21/09/1987, hijo de los ciudadanos Rodolfo Cordova Y Yajaira Acuña, domiciliado en la Urbanización Fe y Alegría, Calle San Rafael, Sector 4, casa Nº 14, detrás de la escuela Anexa, teléfono 0424-817-79-29, Cumana, Estado Sucre; DAVID JESUS ANCHETA CORDOVA, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.063.243, nacido en fecha 03/11/1989, hijo de los ciudadanos Marisela de Jesús Ancheta y Francisco Mogollón, domiciliado en la Avenida Nueva Toledo, quinta Virgen del Vall.....