Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a CONDENAR al acusado SERGIO CELESTINO LÓPEZ CEDEÑO, venezolano, de estado civil casado, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.217.865, nacido en fecha 20-12-1959, de 53 años de edad, de profesión u oficio chofer, hijo de José Manuel López y Carmen Cedeño de López, domiciliado en la Calle Brisas del Mar, casa N° 23-45, Espejo I, a tres cuadras del Antiguo centro Comercial Cada, Municipio Bolívar, Barcelona, Estado Anzoátegui, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos de Robo Agravado, Agavillamiento, Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionados en los artículos 458, 286 y 174 todos del Código Penal Venezolano, y Aprovechamiento de Vehículos Provenientes del Robo y Hurto, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores. Debiendo el acusado cumplir la referida pena principal, más la .....