En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho antes planteados, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION BREVE en el juicio que por DIVORCIO incoara la Abogada en ejercicio MARIA DE FATIMA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.638,944, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.422 actuando en su carácter de Apoderada judicial de la ciudadana AMAL JHOUHARI DAKDUK, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.876.865, contra el ciudadano WAJDI JOAUHARI JOAUHARI, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número E-945.543, con domicilio en el Edificio Teaska, Quinto Piso, Apartamento 51, cerca del Colegio El Uruguay y la Plaza Ayacucho de la ciudad de Maturín, Estado Monagas. ASÍ SE DECIDE......