En cuanto respecta a la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Libertad Condicional, la misma se encuentra vencida, por cuanto las dos terceras partes de la pena impuesta es Ocho,(8), años de Prisión, y el penado tiene cumplidos, como se dijo antes Ocho,(8), años, Cinco,(5), meses, Veintinueve,(29), días y Doce,(12), Horas, Finalmente, podrá optar por la Gracia de Conmutación del pena por Confinamiento, cumplidos como sean Nueve,(9), años de Prisión, equivalentes a las tres cuartas partes de la pena impuesta, Vale decir a partir del 20 de Abril del 2011.