REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 20 de Octubre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000065
ASUNTO : RP01-P-2004-000065

COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA
PENADO: ABAD LARA GEOVANNY ALEXANDER.

Por cuanto se recibió en este despacho solicitud de cómputo actualizado de la pena impuesta al penado de autos, hecho por el LCDA MARISOL GONZALEZ, en su carácter de Directora del Centro de Tratamiento Miguel Antonio Blanco Guerra, este Tribunal para decidir observa:
Se evidencia de autos que al ciudadano GIOVANNY ALEXANDER ABAD LARA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-14.671.118, mediante decisión de fecha: 28 de Abril del 2.005, dictada por el Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, la cual cursa a los folios (298 y 317) de la Pieza I del expediente, fue condenado a cumplir la pena de: DIECISEIS (16) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: ESTINGLE JOSE COVA.
Ahora bien, conforme los datos que aportan las actuaciones observamos:
COMPUTO ACTUALIZADO:
PENA IMPUESTA: DIECISEIS (16) AÑOS DE PRESIDIO.
1° lapso de privación de libertad: 28-03-04 (fecha en el que es detenido) hasta el día: 09/06/08 (fecha ésta en que se le otorga pre Libertad por la Formula Alternativa de Establecimiento Abierto), se computa: CUATRO (04) AÑOS, DOS (2) MESES Y ONCE (11) DÍAS.
Lapso de 2° detención: 10/06/08 (fecha en que le fue otorgado la formula, antes referida) hasta el día de hoy 20/10/10, fecha ésta del presente auto: DOS (2) AÑOS, CUATRO (4) MESES y DIEZ (10) DIAS.
1era Redención (25-06-07): ONCE (11) MESES Y DIECISIETE (17) DÍAS.
2da. Redención (17-05-08): CINCO (5) MESES.
Una Pena Cumplida al día de hoy 20/10/10 física mas redenciones: SIETE (7) AÑOS, ONCE (11) MESES Y OCHO (8) DÍAS.
Una Pena por cumplir de la Pena impuesta de: OCHO (8) AÑOS y VEINTIDOS (22) DIAS.-
Pena Que Culminara en Fecha: 12 de Noviembre del 2.018.
DISPOSITIVA
En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 479, 482 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, emite Computo Actualizado de Pena al penado GIOVANNY ALEXANDER ABAD LARA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-14.671.118, el cual ha aportado los siguientes datos a la fecha de hoy, 20 de OCTUBRE de 2010: PENA CUMPLIDA AL DÍA DE HOY (20/10/2010) física mas redenciones: SIETE (7) AÑOS, ONCE (11) MESES Y OCHO (8) DÍAS; PENA POR CUMPLIR: OCHO (8) AÑOS y VEINTIDOS (22) DIAS y FECHA DE CULMINACION DE LA PENA: 12 de Noviembre del 2.018. Se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión al Director del Centro de Tratamiento Miguel Antonio Blanco Guerra. Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre así como al Defensor. Líbrense las Boletas de informativa al penado y oficio respectivo. CÚMPLASE.-
El Juez Primero de Ejecución,
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
El Secretario,
ABG. GILBERTO FIGUERA.