el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada contra el ciudadano Luís Eduardo Guerra Ortiz, venezolano, de estado civil soltero, de 21 años de edad, nacido en fecha 09/12/1991, titular de Cédula de Identidad Nº 24.658.457, de profesión u oficio obrero, hijo Luís Guerra y Luz Marina Ortíz, teléfono: 0414-8507652 (personal), y domiciliado en Cumanacoa, Río Arena, Barrio Santa Cruz, Casa S/N, cerca de la Escuela Básica Creación Arena, Estado Sucre; y : Hugo Fernando Ortiz Cova, venezolano, de estado civil soltero, de 20 años de edad, nacido en fecha 02/09/1992, titular de Cédula de Identidad Nº 25.101.612, de de profesión u oficio obrero, hijo Fernando Ortiz y Mónica Cova, teléfono: 0424-8532776 (personal), y domiciliado en Cumana.....