este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al ciudadano WILMEN RAFAEL VALDEZ MOTA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-13.773.086, de 38 años edad, soltero, de profesión u oficio agricultor, nacido en fecha 24/08/1972, hijo de Francisco Javier Valdez y Matilde del Carmen Mota, residenciado en Cariaco, Sector Palo Sanal, Vía Nacional Cariaco ¿ Carúpano, Casa N° 20, Municipio Ribero del Estado Sucre; la cual se les iniciara por la presunta comisión de los delitos de DAÑOS A LA PROPIEDAD, LESIONES LEVES y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 473 numerales 1 y 2, 416 y 218 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ELIADORIS CARLOTA BARRIOS .....