ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación fiscal en contra del ciudadano LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ MÁRQUEZ, venezolano, de 21 años de edad, nacido en fecha 22-02-90, de estado civil soltero, de ocupación obrero, hijo de Elena Josefina Márquez Millá, natural de Cumaná, domiciliado en el Barrio el Dique, Calle 04, Casa 79, Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y LESIONES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 277 y 416 del Código Penal respectivamente, en perjuicio del Estado Venezolano y el ciudadano EDWARD JOSÉ ARIAS, respectivamente; y en consecuencia, dicta auto de apertura a juicio oral y público.