En atención a las consideraciones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DESESTIMA LA PRESENTE CAUSA iniciada de oficio por el Instituto Nacional de Transporte y Transito Terrestre, N° 24 Sucre, con sede en Cumaná, donde se identifican como conductores los ciudadanos JESUS ROMERO ACOSTA, cédula de identidad N° 3.734.789, residente en Calle principal de San Juan de Macarapana, Estado Sucre, y JOSE FRANCISCO COLINAS, cédula de identidad N° 15.326.755, domiciliado en Barrio el Inam, casa sin numero, Cumaná, Estado Sucre, siendo éste último también lesionado en tal hecho asi como la ciudadana MARY CRUZ BALLENILLA SALAZAR, ésta con cédula de identidad N° 19.537.186, domiciliada en Bolivariano, Sector Los Apures, casa N° 24, Cumaná, Estado Sucre; en razón que, el hecho ilícito generado, de conformidad con la norma que lo tipific.....