Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 471 del código orgánico procesal penal en relación con el artículo 105 del código penal, DECRETA, la extinción de la Pena impuesta a REMIGIO LONGA TORREALBA CAMPOS, venezolano, natural de Guatire, del Estado Miranda, mayor de edad, de estado civil soltero, Cédula de Identidad N° 6.094.763, fecha de nacimiento 01-10-1958, de profesión u oficio Funcionario del Departamento de Investigaciones de la Asamblea Nacional, hijo de Damaso Longa y Augusta Torrealba, domiciliado en: Guatire, Estado Miranda. Urbanización la Rosa, Conjunto Residencial la Explanada, Edificio A-1, Piso 1, Apartamento A-22; teléfono: 0212-344-3730, 0214-977-20-53, Guatire, Estado Miranda; quien fuera Condenado a cumplir l.....