DECRETA: LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del ciudadano CARLOS JOSE LEZAMA MARCANO, venezolano, natural de Yoco, Municipio Valdez del Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Número V- 24.036.083, de 27 años de edad, nacido en fecha 28/041987, soltero, pescador, hijo de padres desconocidos, residenciado en la Cuarta Calle del Sector 4 de Febrero, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218, del Código penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se decreta la Aprehensión en Flagrancia y se acuerda se ventile el proceso por la vía del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en los artículos 234 y 373 ambos de Código Orgánico Procesal Penal.