es por lo que éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA Libertad Plena, al imputado Deivis José Caraballo Venezolano, de 19 años de edad, de Oficio Albañil, nacido en fecha 13-09-88, titular de la cedula de identidad Nº 24.134.266, hijo de Adelaida la Rosa y Salvador Caraballo; domiciliado en Calle Ayacucho, el rincón, casa S/N, por la Iglesia, Municipio Benítez del Estado Sucre, en virtud no existir elementos de convicción que se le atribuya responsabilidad penal en el hecho imputado. Remítase la presente causa en su debida oportunidad a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público. Líbrese Oficio a la Comandancia de Policía del Municipio Bermúdez junto con la boleta de libertad, así mismo. Quedan los presentes Notificados. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Segundo de Control
Abg. Abelardo Royo.....