En virtud de las consideraciones antes expuestas el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, de conformidad con el contenido del numeral 2º del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 5 y 251 en su parágrafo segundo eiusdem, respectivamente, ACUERDA EMITIR ORDEN DE CAPTURA en contra del imputado RICARDO MONTOYA MILANO, Venezolano, de 24 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.903.213, nacido en fecha 28/02/87, residenciado en urbanización Brasil, sector 2, vereda 69, casa N° 7, Cumana Estado Sucre, la cual se le iniciara por la presunta comisión de los delitos de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre El Trafico Ilícito y Consumo De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas y OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, prev.....