Acto seguido este Tribunal una vez hechas estas consideraciones este Tribunal Sexto de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en el artículo 358 y 359 del C.O.P.P, a los imputados ROBERT JOSÉ PEÑA SUNIAGA, venezolano, de 45 años de edad, nacido en fecha 28-02-1968, de estado civil soltero, profesión u ocupación Obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.456.450, hijo de los ciudadanos Roberto Jesús Peña Contreras y Carmen Guillermina Suniaga Lemus, residenciado en: Carúpano, Playa Grande, calle Sucre, final los Pitufos, casa S/N, cerca de la carnicería, Municipio Mejías del Estado Sucre, teléfono 04141940268 y WILLIANS JOSÉ RODRÍGUEZ LÓPEZ, venezolano, de 22 años de edad, nacido en fecha 04-06-1990, de estado civil soltero, profesión u ocupación mecanico, titular de la Céd.....