éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO en el presente asunto seguido a las ciudadanas NAILETH YRENE GONZALEZ,, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V- 13.729.006, natural de Carúpano del Municipio Bermúdez Estado Sucre, nacido en fecha 18/01/1976, de 38 años de edad, soltera, de profesión u oficio del hogar, con domicilio sector vía Londres, calle principal, casa numero 13 cerca del kiosco la coromoto, playa grande Municipio Bermúdez Estado Sucre y LICETH MARIA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V- 13.274.796, natural de Carúpano Estado Sucre, nacida en Carúpano en fecha 18/05/1972, de 42 años de edad, soltera, de profesión del hogar, con domicilio.....