En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO SEPARADO, interpuesta por el Abogado WOLFGANG JOSÉ NOGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.952.907 e inscrito en el I.P.S.A con el N° 165.998, de este domicilio, Apoderado Judicial de la ciudadana LUISA MARIBEL MALAVÉ MORALES, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.482.101, contra el ciudadano JOHNYS EXPEDITO BURGOS OLIVO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.668.394, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran .....