En virtud de las anteriores consideraciones este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio de Régimen de Convivencia Familiar, presentado por el Representante la Defensorìa. de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, suscrito entre los ciudadanos, EMIL JOSE LONGART ALCALA Y LISSETTE DEL CARMEN MADURO VILLARROEL, anteriormente identificados en el encabezamiento del presente fallo, a favor de la niña. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten. Cúmplase. PÚBLIQUESE Y REGISTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Carúpano, a los catorce (14) días del mes de Julio del 2009, años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.