En merito de lo expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ROSELIA DEL CARMEN ACOSTA SEGURA, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil y titular de Cédula de Identidad Nº. V-18.417.894, de este domicilio, representado por el abogado IVAN JOSE SALAZAR y FERNANDO LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nº. V-14.284.501 y 4.189.104 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 91.756 y 91.754, respectivamente en contra de la FUNDACION PARA EL DESARROLLO DEPORTIVO DEL ESTADO SUCRE (FUNDESU), por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS DERECHOS LABORALES.
SEGUNDO: Se condena a la demandada, FUNDACION PARA EL DESARROLLO DEPORTIVO DEL ESTADO SUCRE (FUNDESU), a cancelar al demandante la cantidad de:
TOTAL CONDENADO POR COBRO DE PRESTACIONE.....