Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancias Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECLARA MATERIALIZADA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, BAJO CAUCIÓN ECONÓMICA, respecto a los imputados MANUEL JOSE GONZALEZ RUIZ venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, estado Sucre, de 18 años de edad, nacida en fecha 18-10-1995, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Número V-25.366.670, de Oficio: indefinida, hija de Yelitza Ruíz y Juan Manuel González, y residenciada en: Playa Grande, Calle Las Mercedes, casa N° 52 del Municipio Bermúdez, estado Sucre, y JOVANNY JOSE ROSARIO COVA venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, estado Sucre, de 18 años de edad, nacida en fecha 24-03-1995, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Número V-25.622.273, de.....