En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado: : LEONEL RAMON CARREÑO GALLARDO, venezolano, natural de Puerto Ordaz, soltero, de 22 Años de edad, Sin Oficio, titular de la cédula de identidad número 22.926.472, nacido en fecha en 31-10-1991, hijo de Leonel Carreño y Victoria de Carreño, domiciliado en San Martín, Calle Principal, Carúpano Arriba, Casa Sin N° al lado de la Gallera, por estar presuntamente incursos en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, tipificado en el articulo 458 del Codigo Penal, en perjuicio de RONNEL ALEXANDER MOYA JIMENEZ E INDIRA RAFAELA VELASQUEZ GARCIA; Ello en virtud de los hechos ocurridos en fecha: 08-03-2014, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 236, num.....