Una vez escuchado lo manifestado por parte del acusado de autos, de querer ir a juicio y admitida como ha sido la acusación Fiscal, Este Tribunal Tercero De Control Estadal Y Municipal Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Sede Cumaná Administrando Justicia En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, Dicta Auto De Apertura A Juicio Oral Y Público, en contra del ciudadano imputado ROIGAR ENRIQUE RODRÌGUEZ LICET, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.212.844, fecha de nacimiento 12-02-85, de oficio obrero, natural de Cumaná, Estado Sucre, hijo de Noris licet y Manuel Rodríguez, domiciliado en Boca de Sabana, Calle Río Caribe, Casa Nº 62, cerca de la Escuela Río Caribe, Cumaná, Estado Sucre, teléfono 0424-880.15.94, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciuda.....