Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a los ciudadanos Edwin Alexander Mata Castañeda, venezolano, estudiante, de 21 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.841.825, nacido en fecha 26-08-83, Residenciado en Calle 2, casa S/n, Urbanización CANTV de Canchunchú Viejo, Municipio Bermudez del Estado Sucre, y Jorge Luis Quijada Arias, venezolano, estudiante, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.626.057, nacido en fecha 16-06-84, Residenciado en Sector Suniaga, casa N° 07, Carúpano, Municipio Bermudez del Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en los artículos 256, ordinales 3°, 4° y 8° y 257 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Homicidio Preterintencional en grado de Coo.....