Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al imputado Romuardo Manuel Romero Marin, dijo ser venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nª- 13.076.632, nacido en fecha: 13-01-1975-, de 29 años de edad, domiciliado en: Calle Bolívar N°-45, Primero de Mayo, Carúpano Estado Sucre, y quien dijo ser hijo de: Luis Manuel Romero Rodríguez y Juana Del valle Romero Marín, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL DE ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 de la LOPNA , quien deberá cumplir con un régimen de presentaciones diarias por un lapso de seis meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, no frecuentar a la victima ni sus familiares, ni ingerir bebidas alcohólicas, de conformidad con lo establecido en el artículo .....