En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: MAGALY JOSEFINA CASTELLANOS Y LUIS CESAR CAMPO GOMEZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros N° V- 10.910.987 y V- 6.262.405, respectivamente, asistidos por los abogados en ejercicio los ciudadano: GENESIS DEL CARMEN GOMEZ PEÑA y CARLOS ALFREDO RAMOS HERNANDEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 260.778 y 99.046, respectivamente, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la oficina de la Prefectura de la Parroquia Mercedes Díaz, Municipio Valera del Estado.....