En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Único de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SANCIONA conforme al procedimiento por admisión de los hechos, a las adolescentes XXXXXXXX, venezolana, titular de la cédula de identidad N° XXXX, natural de Cumaná; de 16 años de edad, sin oficio, soltero, nacido en fecha 12-08-98, hijo de Yusmely Hernández y Alfredo Ribero, residenciado en XXXXXX y XXXXXXXX, venezolana, titular de la cédula de identidad N° XXXXX, natural de Cumaná; de 18 años de edad, de oficio estudiante de 4 to año de bachillerato, soltera, nacido en fecha 10-10-96, hija de Zurimar González y Luís Suárez, residenciado en XXXXXXXX, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 453, numeral 2 del Có.....