Se observa que en fecha 16-09-2016, se realizo AUDIENCIA DE PRESENTACION DE IMPUTADO, y SE DECRETO: LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados ELIZABETH COROMOTO LAREZ BOADA, ALI MOHAMAD YASSINE LAREZ, y ARQUÍMEDES RAMÓN GALLARDO GIL, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el articulo 149 en su primer aparte o supuesto de la ley orgánica de drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la ley Orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento del terrorismo, en perjurio de EL ESTADO VENEZOLANO. Así como MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD para los ciudadanos LUZMARY JOSEFINA MORENO ARISMENDI, venezolano, natural de Carúpano, de 32 años de edad, nacido en fecha 25-12-1983, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Numero V- 17.406.322.....