ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta auto de apertura a juicio, en contra de los ciudadanos Edgar Francisco Ibarra, Titular de la Cédula de Identidad Nº 15.290.580, domiciliado en la Urb. Bolivariano, 3era Calle, Casa Nº 12. Cumana Edo. Sucre, Gabriel José Reyes Albertini, Titular de la Cédula de Identidad Nº 16.701.913, domiciliado en la Urb. Bolivariano, 3era Calle, Casa Nº 15, Cumana Edo. Sucre, ciudadano: Wilfredo Marcano Rodríguez, Titular de la Cédula de Identidad Nº 16.484.836, domiciliado en la Urb. Bolivariano, 3era Calle, Casa Nº 49, Cumana Edo. Sucre, en su carácter de Imputados, a quienes se les atribuye la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Carlos Alexander Yegres García (OCCISO).- Se acuerda m.....