este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, en decisión del Juez de Juicio , Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, por "ABANDONO VOLUNTARIO Y LOS EXCESOS, SEVICIA E INJURIAS GRAVES QUE HAGAN IMPOSIBLE LA VIDA EN COMUN", fundamentado en el artículo 185 causal 2° y 3° del Código Civil, que intentara el ciudadano HENRY JOSE MENESES FRANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 15.361.229 y domiciliado en la calle cuatro, casa n°: 51, Playa grande, Parroquia Bolívar, Estado Sucre, asistido por el Abogado VICTOR MATA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el n°: 213.201 en contra de la ciudadana MARY CRUZ CORTESIA BENITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 17.212.503, domiciliada en Caserío de San Juan de Macarapana, calle prin.....