éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido a los acusados, JAIRO DAVID RIVAS RAUSSEO, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la cedula de identidad Nº 11.013.030, de 37 años de edad, nacido en fecha 19-08-1971, de Profesión u oficio Funcionario Policial, hijo de Estilita de Rivas (d) y Amancio Porfirio Rivas(d), residenciado en: Guasimal Ariba, casa S/N, entrada al restauran los Bohios, del Municipio Benítez, del Estado Sucre; y JOSÉ INÉS MEDINA SUBERO, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la cedula de identidad Nº 6.953.160, de 46 años de edad, nacido en fecha 21-01-1963, de Profesión u oficio Funcionario Policial, hijo de Luisa Subero de Medina y Padre desconocido, residenciado en: Casanay, e.....