Este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano PEDRO JOSE GRANADO CARREÑO, venezolano, Natural de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del estado Sucre, de 36 años de edad, nacido en fecha 21/03/1979, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V-15.555.319, agricultor, hijo de Pedro Granado y Francisca Guilarte, y residenciado en: Calle Principal del Sector Campo Obrero, casa S/N, Detrás del Fondo Nacional del cacao, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de OCUPACION ILICITA DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS, previsto y sancionado en el articulo 40de la Ley del Ambiente, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Proc.....